Políticas públicas y leyes de drogas
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Leyes que regulan las drogas en México
Consulta ciudadana en torno al tema de la regulación del consumo de la marihuana (cannabis) en el estado de Jalisco
Pregunta de la consulta:
- ¿Está de acuerdo que en Jalisco las personas que padecen una enfermedad terminal o crónico-degenerativa puedan, en el caso de que un médico así lo recete, tener hasta cinco plantas de marihuana en su casa o 150 gramos de la hierba sin ser molestados por la autoridad?
- Actualmente la Ley General de Salud permite portar hasta 5 gramos de marihuana para consumo personal, sin que ello sea delito; ¿está de acuerdo que en Jalisco se aumente esta cantidad a 30 gramos?
Objetivo
Establecer las bases de política pública en materia de atención integral a las adicciones y al consumo de marihuana, así como la prevención, tratamiento y rehabilitación a la adicción a esta sustancia, con una perspectiva de libertad y derechos humanos en Jalisco.
Puntos sustanciales
Aumento significativo del gramaje permitido
Se aumenta la cantidad que ya se encuentra despenalizada para consumo personal de 5 a 30 gramos de marihuana. La portación y el consumo de marihuana para uso personal hasta por 30 gramos no será considerada un delito, cumpliendo con los derechos humanos de libertad y acceso a la salud.
Se da la más baja prioridad a la persecución de las personas no violentas que porten marihuana para consumo personal.
Uso medicinal de la marihuana
Se otorga en la ley el reconocimiento de los usos medicinales y terapéuticos de la marihuana según los más avanzados y especializados criterios médicos para el tratamiento de enfermedades terminales, crónico-degenerativas y aquellas en las que se mejore sustancialmente la calidad de vida del enfermo.
Las personas que acrediten mediante prescripción médica el padecimiento de una enfermedad terminal o crónico-degenerativa, tienen derecho a la posesión hasta por 150 gramos de marihuana para uso medicinal y terapéutico, o a cultivar en su domicilio hasta cinco plantas de marihuana para el tratamiento de su enfermedad.
Ley para la atención integral al consumo de cannabis del estado de Jalisco
Objetivo: Establecer las bases de política pública en materia de atención integral a las adicciones y al consumo de Cannabis, así como, la prevención, tratamiento y rehabilitación a la adicción a esta sustancia, con una perspectiva de libertad y derechos humanos en el Estado de Jalisco.
Puntos sustanciales de la Iniciativa:
Aumento significativo del gramaje permitido
Uso medicinal de la Cannabis.
Se permite la autoproducción de Cannabis para uso medicinal y terapéutico; Políticas de no criminalización de usuarios y enfermos; Políticas públicas de prevención, tratamiento y rehabilitación; programa para la atención integral a las adicciones; Fondo para la prevención de las adicciones en el Estado de Jalisco; Instrumentación de campañas de información; Integración comunitaria; Prevención y atención para menores, adolescentes y grupos vulnerables con adicciones; Creación del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones del Estado de Jalisco.-
Documentos (leyes y políticas) que dan margen a los diversos modelos de regulación que operan en otros países
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Tratados internacionales
La Convención Única de Estupefacientes de 1961 es el tratado internacional de la Organización de Naciones Unidas en el que se prohibe la produción y administración de sustancias y plantas que se especifican en las IV listas de control de drogas
Listas de drogas controladas por el sistema internacional de fiscalización (actualizada en 2013)