Por: Amaya Ordorika (@Amaya903

Todos los días se llevan a cabo violaciones a los derechos humanos en el contexto de la implementación de las diversas políticas de control de drogas a nivel internacional. En nombre de “un mundo libre de drogas” se realizan de manera cotidiana detenciones arbitrarias de poblaciones vulnerables, encarcelaciones masivas, tortura para la obtención de confesiones autoincriminatorias, desaparición forzada, desplazamiento interno forzado y hasta ejecuciones extrajudiciales.

En México la implementación de los acuerdos internacionales en torno al control de drogas se ha centrado en el combate armado a los grupos de crimen organizado dedicados a la producción, distribución y venta de drogas y en la criminalización de las personas usuarias de dichas sustancias. La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos ha señalado que el régimen mundial de prohibición de las drogas y su implementación en México está directamente relacionado con el aumento en la corrupción, la impunidad, la violencia y las violaciones de derechos humanos, y que es por esto que requiere ser evaluado y transformado desde una perspectiva de derechos humanos.

Es por esto que la CMDPDH, así como un amplío grupo de organizaciones internacionales[1] promovieron una resolución de la Organización de las Naciones Unidas en materia de drogas. Y en el 28º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) celebrado en marzo de este año, se aprobó la Resolución “Contribución del Consejo de Derechos Humanos a la Sesión Especial de la Asamblea General sobre la problemática mundial de las drogas en 2016”. El logro, fue gracias a los países que patrocinaron esta resolución: Albania, Brasil, Colombia, Guatemala, Grecia, Noruega, México, Paraguay, Uruguay y Suiza, reconociendo la necesidad de una resolución que vincule el trabajo del Consejo de Derechos Humanos con el trabajo de la ONU en materia de drogas y realizando el trabajo necesario para garantizar su aprobación.

Dicha resolución es un gran paso en política de drogas y esperamos que sirva como un instrumento para desatar un proceso de reflexión y evaluación de la política de drogas internacional, y sus implementaciones locales, desde una perspectiva de derechos humanos.

Es importante mencionar que las políticas de drogas locales no son decisiones unilaterales de los Estados, sino que han sido resultado de un largo proceso de deliberación entre diversas naciones sobre cómo enfrentar la llamada “problemática mundial de las drogas”. Actualmente, son tres las convenciones internacionales que regulan la producción, distribución y venta de drogas (Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, la y Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988), establecen las bases legales de las políticas de drogas locales. Éstas representan los obstáculos más grandes para que los Estados puedan implementar alternativas al régimen de prohibición de las drogas. Es por esto que es necesario que la evaluación de los impactos de la implementación de las políticas de drogas en los derechos humanos se discuta a nivel internacional.

En 2016 la Asamblea General de las Naciones Unidas celebrará una Sesión Especial sobre drogas (UNGASS por sus siglas en inglés) con el objetivo de evaluar la implementación de la Declaración Política y Plan de Acción sobre drogas de 2009. Este será un momento clave para presentar las observaciones que han realizado diversas organizaciones de la sociedad civil y Estados miembros sobre el impacto de la implementación de las diferentes políticas de control de drogas en los derechos humanos.

No es posible una evaluación completa de los efectos del régimen prohibicionista de drogas sin una mirada enfocada en los derechos humanos. Para esto es necesario preparar insumos para que la discusión que se dé en la UNGASS 2016 esté basada en evidencia sólida de las consecuencias del régimen de prohibición de las drogas.

Una resolución necesaria

La resolución aprobada en el pasado mes de marzo se concentra en señalar la importancia de que el Consejo de Derechos Humanos aporte insumos a la UNGASS 2016, destacando la responsabilidad del Consejo de servir como un foro para el diálogo sobre temas particulares relacionados con derechos humanos y de promover el carácter transversal de los derechos humanos dentro del sistema de la ONU. Subraya que “la problemática mundial de las drogas” es una preocupación común que debe ser abordada desde una aproximación integral, multidisciplinaria y basa en evidencia. Y hace hincapié en que la Asamblea General decidió que la UNGASS 2016 tendrá un carácter inclusivo que permitirá que agencias especializadas de la ONU contribuyan al proceso.

Con base en esto la resolución retoma tres de las propuestas planteadas en la nota conceptual original en las cuales el Consejo de Derechos Humanos:

  • solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos que prepare un estudio sobre el impacto de la “problemática mundial de las drogas” en los derechos humanos que se presentará en el 30° periodo de sesiones del Consejo;
  • decide organizar un panel de discusión sobre el impacto de la “problemática mundial de las drogas” en los derechos humanos que se lleve a cabo en el 30° periodo de sesiones del Consejo y que se informe por el estudio presentado por el Alto Comisionado;
  • invita al Alto Comisionado a entregar a la Oficina contra la Droga y el Delito de la ONU, por medio de su Director Ejecutivo, las contribuciones del Consejo.

La resolución aprobada es, sin lugar a dudas, un logro. Sin embargo, la exclusión de la solicitud a los procedimientos especiales para que investiguen las intersecciones entre sus respectivos mandatos y el control de drogas representa una desventaja significativa. La UNGASS 2016 presenta una oportunidad para recoger la evidencia de las fallas de la política de drogas y plantear un cambio de rumbo a nivel internacional. Es fundamental que la discusión esté basada en evidencia de los resultados y las consecuencias no deseadas de las políticas internacionales y que tenga un enfoque integral. Es por esto que la resolución representa una oportunidad clave para involucrar entidades de la ONU que no están enfocadas principalmente en el control de las drogas, como los procedimientos especiales, pero que tienen la capacidad de generar y aportar insumos invaluables para este proceso.

  • Amaya Ordorika es parte del equipo de Incidencia de la CMDPDH en materia de políticas de drogas.

  • La definición de droga según la Organización Mundial de la Salud es un “término de uso variado. En medicina se refiere a toda sustancia con potencial para prevenir o curar una enfermedad o aumentar la salud física o mental y en farmacología como toda sustancia química que modifica los procesos fisiológicos y bioquímicos de los tejidos o los organismos”. Según estas definiciones un sinnúmero de las sustancias que ingerimos a diario son drogas. Sin embargo, para los fines de este artículo consideraremos drogas aquellas sustancias prohibidas por la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 y la Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988. Ver Glosario de términos de alcohol y drogas. World Health Organization [En línea] Disponible aquí.

[1] Como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Reducción de Daños Internacional (Harm Reduction International, HRI) y el Centro Internacional sobre Derechos Humanos y Política de Drogas (International Centre on Human Rights and Drug Policy, HRDP), Comisión Global de Política de Drogas (Global Comission on Drug Policy), entre otras.

Fuente: Animal Político- http://www.animalpolitico.com/blogueros-verdad-justicia-reparacion/2015/04/06/una-politica-de-drogas-con-perspectiva-de-derechos-humanos/